En España, las investigaciones privadas han estado reguladas por diversas normativas. La ley actual que las regula es la Ley 5/2014 de 4 de abril, conocida como Ley de Seguridad Privada, llamada de esta forma porque no solamente regula la profesión de Investigador Privado sino porque también acoge las profesiones de Vigilante de Seguridad, Guarda Particular del Campo, Escolta Privado, Jefe de Seguridad y Director de Seguridad.
Dicha ley otorga la actividad de investigar exclusivamente a los detectives privados. Si esto es así, entonces, una persona particular que no sea detective privado ¿puede realizar sus propias investigaciones privadas?